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SOCIEDAD PATRIMONIAL, QUE SON Y SUS REQUISITOS

¿Que es una Sociedad Patrimonial?


Nos dice el artículo 5, apartado 2, de la Ley del Impuesto sobre Sociedades en donde se define que es una entidad patrimonial: "2. A los efectos de lo previsto en esta Ley, se entenderá por entidad patrimonial y que, por tanto, no realiza una actividad económica, aquella en la que más de la mitad de su activo esté constituido por valores o no esté afecto, en los términos del apartado anterior, a una actividad económica." Y el artículo 5 del mismo texto legal en su apartado 1 nos define que es un actividad económica: "Se entenderá por actividad económica la ordenación, por cuenta propia, delos medios de producción y recursos humanos o de uno de ambos con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes os servicios" 

Por lo tanto, a raíz de la descripción que nos da la Ley del Impuesto sobre Sociedades, podemos determinar que una sociedad patrimonial es aquella que no realiza ninguna actividad económica o bien que más del 50% de su activo no esta afecto a ninguna actividad económica. 

En la mayoría de los casos, la actividad de la sociedades patrimoniales, consiste en la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. A estos efectos, la ley entiende que no constituye actividad económica el arrendamiento de inmuebles cunado no existe ninguna persona empleada con contrato laboral y jornada completa dedicada a esta gestión. Por lo tanto si existirá actividad económica, por tanto, cuando exista el menos una persona empleada con estas condiciones.

Constitución de una sociedad patrimonial.

En la legislación mercantil no existe el concepto de sociedad patrimonial, solo existe este concepto a efectos fiscales. Por lo tanto una sociedad patrimonial, es una sociedad constituida que con arreglo a la legislación mercantil, que afectos fiscales esta obligada a tributar como sociedad patrimonial. Esto quiere decir que las sociedades patrimoniales no se pueden constituir, si no que, una vez constituida una sociedad con arreglo a la legislación mercantil, si cumple ciertos requisitos, que determina la legislación fiscal, se considerará sociedad patrimonial y estará obligada a tributar como tal. ¿Como tributa una sociedad patrimonial?

Las repercusiones fiscales mas importantes para las sociedades patrimoniales son las siguientes: Tributarán al tipo impositivo general del 25%.

  • Estas entidades no podrán aplicar el tipo de gravamen del 15% si son entidades de nueva creación.

  • Tampoco podrá aplicar los incentivos fiscales que se establecen para las entidades de reducida dimensión.

  • No podrán aplicar la exención para evitar la doble imposición sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores.

  • No se podrán compensar las bases imponibles negativas cuando se reúnan una serie de requisitos.

  • No se podrán deducir en algunos casos: El inmovilizado tanto material como intangible necesario para desarrollar la actividad de la empresa. Las existencias. Deudores comerciales. Y aquellas partidas a cobrar como consecuencia de la actividad económica.

¿Cuales son los requisitos para que mi sociedad sea patrimonial?


El requisito mas importante es que mas del 50% de mi activo no este afecto a la actividad económica.


Teniendo claro el concepto de actividad económica, como parte del activo afecto tenemos: Si el conjunto de estas partidas sumara mas del 50% del activo en balance de la sociedad dicha sociedad no sería patrimonial.


Algunos ejemplos de sociedad patrimonial.


Entidad patrimonial de tenencia de inmuebles: Sociedad que posee inmuebles exclusivamente para el uso de la familia. El matrimonio que crea una sociedad limitada cuyo único activo es una segunda vivienda o un local comercial.


Entidad patrimonial de alquiler de inmuebles: Sociedad que posee, por ejemplo un bloque de pisos para el alquiler, pero sin personal empleado con contrato laboral a jornada completa.


Entidad patrimonial de tenencia de valores: Sociedad cuyo activo esta formado en un 75% en valores de renta mobiliaria, por ejemplo acciones o fondos de inversión.


Entidad NO patrimonial de alquiler de inmuebles: Sociedad que posee de un conjunto de viviendas que alquila, y que debido al volumen del mismo dispone de una persona con contrato laboral a jornada completa.


Entidad NO patrimonial con tenencia de valores u otros bienes:Sociedad dedicada al sector del comercio cuyo activo no afecto es una vivienda, fondos de inversión y acciones de otras sociedades y que en el conjunto de su activo dichos bienes NO afectos representan el 30% por lo tanto menos del 50%.



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